El capítulo de teletrabajo de la LFT se aplica a relaciones que se desarrollan más de 40% del tiempo en el domicilio elegido usando tecnologías de información. El trabajo ocasional o esporádico tiene un tratamiento diferente.
Ver fuentes y alcanceModalidad y relación son distintas
El artículo 330-A define teletrabajo como organización laboral subordinada con uso principal de tecnologías de información. Una etiqueta de remoto no explica por sí sola la relación contractual ni la ubicación desde la que puede prestarse el servicio.
La ley usa el umbral de más de 40% del tiempo en el domicilio de la persona o el elegido por ella y excluye lo ocasional o esporádico. Un caso híbrido necesita revisar cómo se trabaja realmente.
Qué debe quedar por escrito
El artículo 330-B contempla condiciones como equipo e insumos, monto por servicios del domicilio, contacto, supervisión y distribución de horarios. Confirma quién entrega equipo y cómo se atiende una falla antes de aceptar.
El capítulo también prevé obligaciones sobre equipos, costos, seguridad social, protección de datos y desconexión. Las condiciones no se resuelven únicamente pagando un bono de home office.
Integra las reglas de la empresa
El artículo 330-D contempla incluir teletrabajo en el Reglamento Interior cuando no existe contrato colectivo y garantizar vinculación y contacto. Revisa el documento junto con seguridad y salud aplicables.
Pregunta por ubicación permitida y asistencia a sede. Trabajar desde México para un equipo extranjero no significa poder conectarte desde cualquier país ni elimina revisar quién contrata y bajo qué relación.
Fuentes y revisión
- Ley Federal del Trabajo vigente
Cámara de Diputados. Última reforma publicada el 14 de mayo de 2026.
Revisión de fuentes: 10 de octubre de 2026. La fecha del indicador se conserva junto a la cifra; no es la fecha de consulta.

