El artículo 87 de la LFT establece un aguinaldo anual mínimo de quince días de salario, pagado antes del 20 de diciembre, y una parte proporcional si no se trabajó el año completo.
Ver fuentes y alcanceQué dice la ley
El mínimo general del artículo 87 es quince días de salario. El contrato o una condición más favorable puede reconocer más. No asumas treinta días porque aparezcan en una propuesta o noticia; verifica la norma vigente y la relación específica.
Si no se completó el año, existe derecho a la parte proporcional conforme al tiempo trabajado. La fecha de salida no elimina por sí sola esa proporción.
Ejemplo con salario fijo
Para una demostración sencilla con sueldo fijo mensual de $15,000, una base diaria de $500 obtenida al dividir entre 30 y quince días de prestación daría $7,500 brutos por año completo. Esta conversión debe estar declarada y no resolver automáticamente salarios variables.
Para una proporción, usa la base anual multiplicada por días reconocidos y dividida entre días del año. Revisa qué días corresponde incluir y el régimen aplicable. El pago neto puede diferir por el tratamiento fiscal.
Datos que debes confirmar
Pregunta por días de prestación, salario base y periodo de servicio. Una diferencia con un cálculo informal puede deberse a esas variables. Conserva recibos y la explicación del empleador para revisar el concepto.
La calculadora de eTrabajo muestra una estimación para salario fijo y no contempla impuestos ni situaciones especiales. Un caso individual con ingreso variable requiere revisar la base correspondiente.
Fuentes y revisión
- Ley Federal del Trabajo vigente
Cámara de Diputados. Última reforma publicada el 14 de mayo de 2026.
Revisión de fuentes: 10 de octubre de 2026. La fecha del indicador se conserva junto a la cifra; no es la fecha de consulta.
